Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Al rellenar el contrato de alquiler. un saludo y gracias
ALICIA ROSA un arrendatario menor de treinta años no es que le desgrave el 100% del alquiler es que puede reducir la base declarada en un 100% tenga en cuenta que el arrendatario mayor de treinta años le permite reducir el 60% con lo cual si el 40% restante le quita los intereses de la hipoteca y la amortización del inmueble a lo mejor obtiene el mismo resultado.
En mi blog http://bit.ly/1dOo2ah puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Hola Pedro .- Con la finalidad de prevenir posibles problemas futuros, sobre lo que comentas, añadí que la parte arrendadora puede buscar un arrendatario que encaje dentro de sus pretensiones
Asi es Piscis, pero la consulta habla de dos arrendatarios o futuros arrendatarios.
Y en este caso el hecho de que existan dos personas que presumiblemente van a contribuir a pagar la renta y pretender formalizar el contrato solo a nombre de uno de ellos, a mi me parece dos cosas, o bien una donacion encubierta o bien un contrato celebrado en fraude de ley al objeto de practicar unas deducciones que de otra forma no seria posible aplicarse.
Pedro Martinez
Abogado
5001@icagr.es
Tanto una parte como la otra pueden poner condiciones y son libres de aceptarlas, en el presente caso la consulta la hace el arrendador y puede buscar un arrendatario que encaje dentro de sus pretensiones.
todo eso esta muy bien si asi lo quieren los arrendatarios porque tal vez eso tenga un coste economico importante para ellos, ademas del problema que podria suponer para uno de ellos el no constar en el contrato.
Pedro Martinez
Abogado
5001@icagr.es
Haz el contrato solamente a nombre del menor de treinta años, el otro podria figurar como avalista solidario, pero para beneficiarte del 100% el arrendatario ha de tener ingresos fruto de su trabajo prsonal, superiores al indicador del IPREM.