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La ley de arrendamientos urbanos indica que queda inutilizado el derecho de tanteo cuando se vende el bloque entero, pero se refiere a viviendas en alquiler SIN opción a compra. ¿Prevalece mi contrato con opción a compra sobre el derecho del arrendador a vender a un tercero si vende el edificio completo? Nota: TODOS los inquilinos tenemos contratos de alquiler con opción a compra que el arrendador se ha saltado a la torera
Ya ve que lo ha hecho, preguntar si puede no la cuestión, la cuestión es si Vds. Pueden impugnar esa venta.
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