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Justificante del banco es suficiente, las condiciones es ingresar en cuenta bancaria la mensualidad. Si vale con justificante bancario,se deberia reflejar en contrato? Para no tener que mandarle todos los meses la factura.
Muchas gracias!
Gabriel, puedes enviar una factura (como hacen las compañias de luz, gas, telefonía, etc. ) con un texto que indique:
El pago de esta factura no presupone el de las anteriores y se acredita mediante el correspondiente justificante bancario de ingreso.
Yo soy casero de un local comercial e inquilino de otro local comercial y tanto en la factura que emito a mi inquilino como en la que recibo de mi casero así se indica.
Una cosa es la factura y otra es el justificante de pago.
Muy buenas.
continuando con el hilo. Yo emito factura cada mes, el inquilino paga vía transferencia y yo le envío factura digitalizada. ¿Si no paga, le mando la factura?
tienes obligacion de extender una factura ( no un recibo)por el alquiler y en ella debe constar el n.i.f. del arrendador, el del arrendatario, la base imponible (renta) y un desglose del I.V.A. y de las retenciones a cuenta del I.R.P.F.