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Mi intención es acumular acción de reclamación de rentas impagadas y acción de desahucio. Al ser el plazo del contrato inferior a una anualidad ¿cómo establezco la cuantía de la demanda? Sopecho que, aunque finalice el plazo pactado, el inquilino va a seguir atrincherado en la vivienda y sin hacer ningún pago.
Hola Pedro:
Coincido con las respuestas anteriores y le sugiero que el abogado/a sea experto/a en arrendamientos urbanos.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
http://letradosalquileres.es.tl
Hola,
Si tu intención es denunciar, cuanto antes acudas a un abogado mejor, el te explicará mejor que nadie y con toda la información en la mano las pautas a seguir.
suerte
oscar
Aunque hayas hecho contrato de temporada, en el momento que sea su vivienda habitual no deja de ser un contrato normal y corriente prorrogable hasta los 5 años. Es un error que "hemos cometido" algunos arrendadores inexpertos que pensabamos que por ponerlo de temporada era mas fácil todo..., pues no.
Tu abogado te dirá, pero supongo que la cuantía maxíma de la demanda será la de una anualidad.