Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Lo tendré que indemnizar. por el tiempo que resta de contrato
si el renuncia a la compra, el nuevo dueño puede disponer del piso . O este proceso anula el arrendamiento.
La venta de una vivienda arrendada antes del 6 de junio de 2013 es peligrosa ya que el inquilino tiene el derecho a que se le respete la duración mínima de su arrendamiento, además del derecho de adquisición preferente.
Lo que le aconsejaría es que intentara negociar con su arrendatario un horario de visitas para poder enseñar la casa a potenciales compradores así como, en caso de ser necesario, una indemnización por el desalojo, y que plasmen dicho acuerdo por escrito.
De este modo, se asegurará de que, en caso de aparecer un potencial comprador, podrá ver la vivienda y, además, podrá adquirirla sin arrendatario.
Si el contrato es de 2012 el inquilino tiene derecho a permanecer cinco años si no ejerce su derecho de adquisición preferente, tanteo y retracto, si Vd. Vende ese piso
para ampliar o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,21eur. /min. Desde fijo; 1,57eur. /min. Desde Móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/