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ISIDRO MORENO

inquilino/a

mi anterior casero no quiere devolverme la fianza, argumentando que los armarios que tuve que comprar,

para una vivienda de tres dormitorios y que sólo había un armario, acordamos que yo los pagara y se los descontara, me dice que como fue muy caro, no me respetaba el precio del alquiler y me lo subía. A la hora de liquidar, me dice que los armarios debían ser suyos y haberlos dejado en el piso.

Si hubiera mantenido el alquiler, considero que si pero al subírmelo. soy yo quien paga los armarios y no se puede acoger al argumento de la fianza como compensación.

 

  • Preguntado por: ISIDRO MORENO
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Lo tiene por escrito?

    firmaste el contrato de fin de arrendamiento?

    siempre que se abandona una vivienda es inexcusable firmar el documento de fin de arrendamiento, en este contrato se reflejará todas las incidencias o desperfectos. El arrendador dispone de 30 dias desde la firma de este contrato para devolver al arrendatario la fianza, y solo podrá descontar de esta los suministros consumidos por el arrendatario y lo reflejado en el contrato de fin de arrendamiento. Si no los devuelve pasado este tiempo con ponerle un monitorio, en el cual no se necesita ni abogado, ni procurador es suficiente para recuperar el resto de la fianza

    saludos                                                                                                                              

    oscar

  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    si Ud. descontó al pagar el  alquiler el precio de los armarios, no podía llevarselos ya que dichos armarios le pertenecían al arrendador, en consecuencia el arrendador le tendrá que deducir de la fianza el valor de dichos armarios. Todo ello independientemente de la subida que le hizo del alquiler.  

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Si tienes documentos firmados tendras que atenerte a su contenido, de lo contrario puedes reclamar la fianza, incluso judicialmente, transcurrido un mes desde la entrega de llaves, siempre y cuando se hayan cumpklido todos los requisitos para dar por terminado el contrato.

    Pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr.es


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