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jose luis arbona cas

casero/a

Si alquilo mi primera vivienda, no puedo desgravarla, podré desgravarla de nuevo si vuelvo a vivir en ella?

me he trasladado  en la misma comunidad autonoma y comparto piso con otra persona, si alquilo la vivienda en propiedad, no debo poder desgravarmela, pero si vuelvo a mi casa me la podre desgravar o he perdido mi derecho

  • Preguntado por: jose luis arbona cas
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    No se si hablaba de una segunda vez, pero, en cualquier caso, si hay una primera vez supongo que necesita haber estado 3 años en la vivienda para consolidarla como vivienda habitual y haberla habitado dentro del primer año.

    En el caso de volver a ella tras alquilarla una temporada llevas razon, no esta tan claro, parece que el 54 del reglamento establece en que supuestos puede no ocuparse la vivienda y mantener la condicion de vivienda habitual a efectos de poder deducir (matrimonio, separacion, traslado laboral u otras justificadas)

    Y es que no se puede hablar de memoria...

    Jose Luis, resumiendo y si pholmo no me corrije, no perderas el derecho a deducir cuando concurra alguna circunstancia justificada para no habitar tu vivienda durante ese periodo en el que la alquilas.

    Pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr.es

     

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Pedro, cuando jose luis arbona 'vuelva a deducir' ya no existirá la deducción no lo veo tan claro.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Yo entiendo que una vez que vuelvas podrás dedudir de la cuota las cantidades pagadas solo a partir de entonces.

    Mientras la alquiles deberas declarar los ingresos procedentes de las rentas con la posibilidad de deducir, entre otros gastos, los intereses del prestamo en caso de financiacion para la adquisicion.

    Pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr.es

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