El inquilino me ofrece pagar un año por adelantado ya que no quiere hacer un aval bancario, pero el siguiente año según la ley puede pagar mes a mes. Puedo poner en el contrato algo así: En caso de que el inquilino quiera prorrogar este contrato debería presentar aval bancario equivalentes a 6 meses de renta al arrendador. En el caso de que inquilino decida pagar al año por adelantado no será necesario dicho aval bancario.
Jose si opta por pedir 1 año de renta como garantía adicional se puede pasar mucho tiempo buscando inquilino. Mucho más acertada la última opción de Pholmo que la recomendación de Amparo
José, si el inquilino no quiere ofrecerle un aval en prueba de su solvencia, es buena idea lo que dice Pholmo. Si para el inquilino no lo es, le recomiendo que siga buscando inquilino.
José ¿No sería mas interesante para vd. recibir ese dinero en concepto de depósito como garantía adicional en lugar de pago anticipado? Pedro Hernández Olmo, abogado
La ley dice "Salvo pacto en contrario, el pago de la renta será mensual y habrá de efectuarse en los siete primeros días del mes. En ningún caso podrá el arrendador exigir el pago anticipado de más de una mensualidad de renta" Entiendo que el pago de la renta podrá ser mensual,trimestral,semestral o anual. Asegurate de plasmar en el contrato que el pago de la renta sera anual. Tambien decir que el inquilino puede estar hasta 3 años,sin tener que firmar un nuevo contrato, de obligado cumplimiento para el arrendador y opcional para el arrendatario, ya que el puede desistir una vez cumplido los 6 meses de obligado cumplimiento
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