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elias

casero/a

¿En qué consiste el arrendamiento de temporada?
Necesito alquilar mi piso, pero no quiero hacerlo por cinco años, y me gustaría saber si con esta modalidad podría alquilar por meses.
  • Preguntado por: elias
  • Hace 16 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
Antonio Postigo ha sido el primero en contestar
  • Antonio Postigo

    profesional

    El arrendamiento por temporara se incluye en la categoría de "arrendamientos para uso distinto al de vivienda".

    Usted puede alquilar su vivienda por los meses que le convenga, pero teniendo especial cuidado en señalar que es "para uso distinto al de vivienda", y recogiendo el motivo por el cual su arrendatario la va a usar. Por ejemplo si es un estudiante para un curso determinado, si es por un desplazamiento de trabajo por un periodo concreto, si es para unas vacaciones, etc.

    El no recoger debidamente la circunstancia concreta que motiva el arrendamiento podría dar lugar a que se interpretara que el arrendamiento es para uso de vivienda permanente, y en ese caso da igual que lo llame "temporal", habrá de regirse por lo dispuesto para los arrendamientos para uso de vivienda permanente.

    Como decía mi abuelo "el nombre no hace el santo", no basta con llamarlo "temporal" realmente debe tener un motivo real.

    Muchísimo cuidado también con prorrogarlo, es una buena forma de que su inquilino acredite que dejó de ser "temporal".

    Un saludo desde Málaga.
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