El menoscabo se ha realizado y es preciso cuantificarlo y resarcir. No es necesario que se repare efectivamente el daño sino que se pague su valor. Es suficiente el presupuesto o el informe pericial determinando los daños. De todas formas acuérdate que la factura lleva IVA así que si no llevas factura incrementáselo en el presupuesto o informe pericial.
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