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Estoy de alquiler desde hace dos semanas y tengo una perrita pequeña. Está enseñada, no ladra y no hace nada en casa, pero en la comunidad están prohibidos los animales (todavía no me la han visto), ¿qué me puede pasar si me la ven? me pueden echar o se puede llegar a un acuerdo? gracias
Le remito a esta nota del Mundo, muy interesante para su caso.
La Ley de Propiedad Horizontal no prohibe su tenencia, que puede estar limitada, sin embargo, por normas de las Comunidades Autónomas o de los Ayuntamientos. Así, se suele condicionar su tenencia en fincas urbanas a que las condiciones higiénicas de su alojamiento sean óptimas, a la ausencia de riesgos sanitarios y a la inexistencia de peligros y molestias para los vecinos u otras persones. Los Ayuntamientos también pueden imponer un límite al número de animales que pueden alojarse en cada vivienda.
Por tanto el que la comunidad de propietarios prohiba la tenencia de animales, salvo que suponga un menoscabo de los espacios comunes o un problema higiénico no puede suponerle más problema que el enfado de los otros propietarios.
Ahora bien, lo extraño es que su arrendador le permita la tenencia de perros en la vivienda.
Saludos cordiales.