Hola! Os cuento mi caso, que es un poco complicado... Mi pareja es propietario de un piso al 50% junto con mi suegra. Ella ha gestionado siempre todo alquileres, gastos y demás, pero ahora está enferma y debemos pasar a hacernos cargo nosotros. Lo que me he encontrado al ir a redactar un anexo para cambiar la forma de pago es un piso con un contrato de alquiler que, según todo lo que estoy leyendo, no es muy legal, y además faltan cláusulas que nos protejan como parte arrendadora. Para empezar, está firmado por ella como propietario en pleno derecho, cosa que no nos importa pero que me genera bastantes dudas a efectos legales. ¿Eso invalidaría todo el contrato si tuvieramos algún problema con el inquilino que nos lleve a reclamar deudas o cualquier otra actuación legal? Por otra parte, el piso está amueblado, y no solo no se firmó un inventario, sino que ni siquiera consta en el contrato. He querido redactar un anexo con el inventario, pero no se hasta qué punto es correcto. Hay otra cláusula que las hace responsable del pago de los recibos de la comunidad, pero ni se determina el inporte ni la forma de pago ni nada más. En el anexo que estoy redactando para cambiar el número de cuenta he especificado esto, pero tampoco se si es correcto. Y bueno, la realidad es que ahora que mi suegra nos ha contado todo (para ella siempre ha estado todo bien), nos hemos dado cuenta de que las inquilinas se han dado cuenta de que ella ya está mayor y se han aprovechado de ello. Os explico: El piso quedó vacío, y emezanos unas obras para remodelar la cocina, suelo y baño. Durante las mismas, mi suegra conoce a unas chicas muy interesadas que le meten mucha prisa por entrar, y el día siguiente a la finalización de las obras firman el contrato y entran al piso. En consecuencia, no da tiempo a hacer una limpieza a fondo. A la semana de entrar, llaman a mi suegra diciéndole que quieren que les cambie las camas porque no pueden dormir ahí, y que el horno está muy sucio y no piensan cocinar ahí. Total, que mi suegra, agobiada y sin querer decirnos nada, les cambia las camas y compra unos fogones nuevos (el horno va con los fogones, son de esas independientes). También al principio la llamaron diciéndole que les molestaban unas baldosas que habian sobrado de la obra y que las sillas del comedior tampoco les gustaban y que si no las recogía en una semana las tiraban. Y las tiraron, mi suegra no puede recoger nada y no quiso decirnos nada, no se si por vergüenza o por evitar nuestro enfado o no se (no acepta muy bien que ya no controla todo...). Y ahora, tres meses después de firmar el contrato están exigiendo que se les pongan enchufes en las habitaciones. La verdad es que no se si hay, pero tengo ya tal sensación de que nos toman el pelo que no tengo ningunas ganas de darles nada a lo que no esté obligada por contrato. Lo que nos gustaría en realidad es que se fueran, y si no fuera posible la anulación del contrato, poner un poco en orden todo para no sentirnos tan desprotegidos. Por tanto pregunto, ¿Cabe la nulidad de contrato? ¿Bajo qué preceptos? Y en caso contrario, ¿Qué me aconsejais para "arreglar" un poco el contrato? Además, hay una cláusula que impide el subarriendo, pero el contrato está firmado por dos personas y viven tres. Lo hablaron con mi suegra y les dio permiso, pero fue de palabra. Podríamos aprovechar esa situación? Muchas gracias por todo!!
Preguntado por:
karla
Hace 7 años
Categoría: Caseros
Respuestas (4)
Nube ha sido el primero en contestar PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
karla
casero/a
Perdón, acabo de entender ahora lo que dice respecto a la agencia tributaria y los dos propietarios. Ni mi pareja ni yo hacemos declaración de la renta (no llega a ingresos mínimos), así que no se muy bien hasta qué punto eso le podría afectar. Pero, no tiene más repercusiones legales? Podríamos reclamar, por ejemplo, un impago, sin ninguna repercusión legal? Gracias de nuevo
Muchas gracias por su ayuda, pero qué quiere decir con que no debo dejar que ese contrato se prorrogue? Es un contrato de un año firmado en diciembre de 2016, pero hasta donde se, estoy obligada a prorrogarlo durante tres años a petición del inquilino. Y por otra parte, sería correcto en el anexo que estoy redactando por cambio de cuenta añadir el inventario? Al menos para sentirnos más protegidos hasta que finalice el contrato... Y una duda que me parece importante: que mi suegra haya firmado el contrato como dueña en pleno derecho del 100% de la vivienda cuando en realidad es solo propietaria del 50% puede tener repercusiones o desventajas legales para nosotros? Muchas gracias de nuevo, somos nuevos en esto y nos hemos visto un poco abrumados con todo
Karla, plantea vd una serie de cuestiones que voy a tratar de contestar. La falta de firma de uno de los condueños en el contrato, no es un defecto grave, sin embargo tiene una transcendencia de quizá no haya previsto, la repercusión fiscal, esos alquileres se imputarán al cincuenta por ciento a ambos condueños por la agencia tributaria. La falta de inventario de bienes, muebles y enseres si es grave porque supone que "no existen" si los inquilinos negaran haberlos recibido con la vivienda. La no consignación en el contrato del importe de los gastos de Comunidad implica la imposibilidad de reclamárselos al inquilino. Los inquilinos no pueden exigir que se pongan enchufes en una habitación, salvo que ello estuviere previsto en el contrato. Nada de lo anteriormente expuesto serviría de fundamento para solicitar la declaración de nulidad de ese contrato. Si se puede demostrar que hay una persona viviendo en ese piso sin derecho, sería un caso de subarriendo inconsentido que podría dar lugar a la rescisión del contrato, habría que actuar con la máxima celeridad y cautela. Cómo solución mejor no dejar que ese contrato se prorrogue. Debería leer: EL DECÁLOGO DEL CASERO
Como bien dice, es un tema complejo y que no se atañe a una duda específica. Creo que lo mejor sería que consultara a un abogado experto en arrendamientos urbanos para que, a la vista del contrato y otra documentación que pudiera aportar, le asesorara sobre las opciones que tiene y fuera él quien redactara el anexo, nuevo contrato, etc. que fuera pertinente.
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