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En mi vivienda habitual en la que resido tengo tres habitaciones alquiladas a 3 chicos de 30, 20 y 21 años. Les hice contrato en mayo de 10. El chico de 20 y el de 21 se han quedado sin trabajo pero ellos me siguen pagando el alquiler. Uno tiene una pensión de orfandad y otro cobrará el paro. Con esos ingresos (pensión de orfandad y paro) son con los que cada uno me paga el alquiler. Creo entender que ese dinero no tiene la categoria de rentas netas de trabajo o procedentes de actividades económicas. Cuando yo haga la declaración ¿cómo me afectará esto fiscalmente? podré compensarme las cantidades que recibo de estos dos chicos por el alquiler al 100% o no? cuanto es el iprem para este año 2010? ha habido cambios en estas normas en este año 2010 o para 2011?.
Me urge la respuesta. Muchas gracías
Desde su posición de arrendadora esas cantidades que percibe son rentas de capital inmobiliario que debe declarar en IRPF. La posibilidad de aplicar la reducción del 100% está en función de que ese alquiler constituya para los inquilinos su vivienda habitual, al tratarse de habitaciones de su propia vivienda hay una situación poco habitual aunque a mi juicio defendible.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.