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Voy a alquilar mi casa. Voy a hacerlo con un contrato de 11 meses. ¿Podría recuperar mi casa a los 11 meses aunque mi inquilino quisiera seguir en ella?
Todo contrato se puede hacer por el tiempo que se pacte, un mes, dos años,....sea temporal o de vivienda habitual, éste último se prorrogaría ( sin hacer nada) hasta los 5 años.
No basta que diga que es temporal. Tiene que figurar un motivo, vacaciones, estudios, traslado de trabajador geográficamente,..... pero, sobre todo, que figure en el contrato además de lo anterior cuál es su vivienda habitual.
Debe figurar en el contrato una cláusula de necesidad de vivienda para sí o los más allegados que debe ser ejecutada comunicando por b urofax con acuse de recibo y certificado de texto 30 dias antes del periodo o anualidad contratada para interrumpir la SIGUIENTE PRÓRROGA. No puede entrar en el piso el mes que quiera sino al final de lo contratado ( previa comunicación fehaciente) interrumpiendo el inicio de la siguiente prórroga.
¿Y cuánto sería el máximo de meses para considerarse un contrato de alquiler temporal?
Si utilizas el buscador hallarás varias respuestas.
Si el inquilino utiliza la vivienda como residencia habitual, osea que se empadrone ahí, por mucho que diga el contrato, o que quieras tú, puede quedarse 5 años, solo él puede decidir cuando se va.
Ahora, si tu quieres ir a vivir dentro de un año a tu piso, ahora la ley te lo permite siempre y cuando lo pongas en el contrato. Y tiene que ser verdad. Léete la LAU.