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Me gustaría saber cuánto se puede subir por año el alquiler y cómo lo hago constar en el contrato para que no haya problema.
Un saludo y gracias.
Tranquilo que aunque no lo hayas hecho constar en el contrato, ese punto lo marca la LAU y es intocable:
A primeros de octubre el último IPCGN publicado es el de agosto.
La variación anual del IPCGN de agosto será lo que actualizará la renta cada año. Lo publican sobre el 13 de septiembre. El mismo día que lo veas publicado, puedes calcular la subida y comunicarla a la otra parte para que la aplique ya en octubre.
Eso sirve tanto si sube como si baja.
Saludos - Papeleos Alquiler
En este momento es imposible determinar como se va a comportar el IPC de octubre, lo que si debes saber que no se trata de "subir" sino de actualizar y en los últimos tiempos ha habido actualizaciones negativas.
Si necesita ampliar la consulta puede hacerlo directamente por teléfono: 807 520 008 (1,16 eur./min. Desde fijo; 1,55 eur./min. Desde móvil)
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