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el contrato que firmamos decía que los inquilinos se iban al año. Abandonan el piso a los 9 meses y me avisan 22 días antes y porque pasé a recoger correspondencia. Por la de la agencia me entero que ya lo habían pensado hacía meses. Aun así preparo firma para interrumpir el alquiler en donde pongo que dispongo de 20 días para comprobar el estado de las cosas. Al dia siguiente veo que hay numerosas manchas de tabaco por las paredes y muebles, los cuales había dejado recien pintados de blanco 9 meses antes. Por no decir que estaba la casa muy sucia por este motivo en general apestando a tabaco, colchones, muebles, sofa etc. La pregunta es asumiendo la limpieza, que creo que no me quede mas remedio la pintura se puede cobrar en base a un desgaste mayor al de uso natural? Hablo siempre de deducirlo de la fianza. Un saludo, gracias.
Hola jorge:
sin perjuicio de las respuestas anteriores, le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Resoluci%F3n-de-contrato-y-pintado-de-la-vivienda.htm
reciba un cordial saludo.
Lo de la nueva ley ni caso, ni hay nueva ley ni a tu contrato le afectan las modificaciones lesgislativas posteriores a su firma.
Una vez entregadas las llaves poco que reclamar. Eso de los 20 dias está muy mal puesto porque no puedes probar que el desperfecto se ha producido con posterioridad a esa entrega. Aun asi sigo pensando que el olor a humo y la coloracion de la pared son debidas al uso y de cuenta del arrendador, que para algo puedes deducir la amortizacion o perdida de valor del inmueble cada año segun lo previsyto en la ley del irpf.
Insisto, aprende para otra vez porque la solucion la tenias al firmar el acuerdo, no despues.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
A ver, creo que no me expliqúé bien. Sobre el reclamarle los meses restantes del contrato ya se que no puedo. Lo añadí para que se pueda ver la buena voluntad que hubo por mi parte, de decir bueno me avisas 22 días antes y porque me pasé a verte. de todas formas según la nueva ley el inquilino puede desistir antes del final del contrato avisando con 30 días de antelación no? Bueno vamos a decir que vale aunque fueron 22 e insistro porque yo fui a verle. Por tanto firmé un documento de entrega de llaves en la que decimos que estamos de acuerdo de finiquitarlo antes. Por tanto nada de reclamarle los meses restantes. Pero en el mismo digo que dispongo de 20 días para comprobar el buen estado de las cosas y devolverle la fianza, una vez que compruebe que todo está bien y, de haber desperfectos restárselo de la fianza. por tanto estoy dentro de ese plazo y llevo 3 dias intentando quitar el olor a tabaco que está en paredes, colchones etec. Y en concreto lo que estoy preguntando es ¿puedo deducirle de la fianza el tener que pintar todo de nuevo si estaba recien pintado hace 9 meses? no me parece desgaste normal el tener a los 9 meses las paredes con manchas amarillas y algún armario marfil cuando era blanco como se pueden ver en la cajoneras de abajo por supuesto por las manchas de tabaco. Si como digo recogí en el documento de entrega de llaves que tenía 20 días para comprobar el estado de las cosas y liquidar con la fianza valor de desperfectos.
Jorge, has hecho las cosas realmente mal, te explico:
Mas que pelear por la pintura, que es muy dificil reclamarla, deberias haberte asesorado legalmente, pues si el contrato es de un año tienes derecho a percibir las rentas de un año. Un inquilino no puede marcharse cuando quiera y sin notificarlo de forma fehaciente.
Si retines parte de la fianza por la pintura y encima sin que conste por escrito su mal estado te demandarán y con razon.
Asesorarse siempre sale mas barato.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es