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Voy a alquilar una vivienda a un particular para ejercer como abogado. Tengo que girar IVA al alquiler?
si lo utiliza como despacho, debes cobrar iva y aplicar irpf, realizar pago de iva trimestral, y declarar el beneficio en tu renta.
Podrás desgravarte los gastos que tengas de esa vivienda en tu declaración.
El alquiler no será de vivienda sino de local de negocio. Debes darte de alta en la aeat, declarar el iva trimestral, modelo 303 y el resumen anual, modelo 390.
no hay recibos sino que debes emitir una factura, con su iva del 21% y si retencion del 21%
no puedes acogerte a deducciones por alquiler de vivivenda.
los ingresos se declaran en el irpf
es obligatoria la prestacion de 2 meses de fianza y su deposito por tu parte en el organismo competente de tu ccaa.
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es