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El enunciado de la pregunta es lo fundamental, pero además quiero tener la posibilidad de que si mi hija lo necesitara, poder pedir que lo abandonen sin indemnizar tanto en la ocupación por parte de mi hija como en el caso de venta.
Muchas gracias
Para que su hija lo pudiera recuperar deberá constar en el contrato y además el motivo por el cual lo puede necesitar su hija. Es decir, "recuperar la vivienda en caso de que mi hija se quede sin trabajo".
Una vez se dieran estas condiciones, habría que esperar al final de contrato o prórroga, y preavisarlo mediante burofax, y después, tu hija tendría tres meses para habitarlo, o se te podrá demandar y exigir el importe de mudanza, daños y perjuicios, y el resto de alquileres hasta el quinto año. Una pasta, vamos.
En caso de venta no hay solución alguna que pueda hacer que no tengas que llegar a un acuerdo con las inquilinas.
Por la dificultad de redactar el contrato con las cláusulas indicadas, lo suyo es que acudas a un abogado para que te lo redacte y te explique tus obligaciones y deberes.