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quiero hacerles factura. o sea que sea oficial.
la casa es una casa de campo
La exención de iva en este caso concreto no está a mi juicio absolutamente clara, ya que no se va a tratar de la vivienda del arrendatario. (dgt 7/7/03)
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ Estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
Hola silva:
la respuesta a su pregunta es negativa. Usted debe realizar un contrato de arrendamiento de uso distinto al de vivienda(temporada), el cual si el arrendatario es persona física está exenta de iva.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
email2: armandogarcia@ical.es
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