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xuanillo

casero/a

He alquilado un piso por 6 meses, a los 15 días y sin preaviso kieren dejarlo. ¿Estoy obligado a devolver la fianza?

¿Puedo reclamarles que me paguen los 6 meses de alquiler? me insinuan q podría tener desperfectos, q puedo hacer?

  • Preguntado por: xuanillo
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
manuel josé ha sido el primero en contestar
Muelles ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Muelles

    casero/a

    Explícales que puedes demandarles por incumplimiento de contrato, y que la jurisprudencia mayoritaria condena al inquilino a abonar los meses que resten hasta el fin del contrato o hasta que se alquile de nuevo, más las costas judiciales. Sabiendo eso, solicita una cantidad que consideres justa a modo de indemnización y a cambio de no demandarles.

    • Respondido por: Muelles
    • Hace 15 años
  • manuel josé

    casero/a

    Si se firma contrato por un año  ( ART. 9 ), éste es de obligado cumplimiento para el arrendatario al igual que lo es para el arrendador no poder rescindir el contrato hasta finales del 5º año (Art. 10 ). El Arrendatario  puede rescindir el contrato comunicando por burofax con acuse de recibo 30 dias antes de la finalización de cada anualidad o prórroga. Acuerdo por ambas partes o resolución judicial. El incumplimiento contractual puede dar lugar a indemnización de daños y perjuicios s/ Disp. Art. 1124 del Código Civil si bien la indemnización ha de entenderse tras su desalojo por el arrendatario. ( Antes es por  falta de pago ).

    Un juez suele condenar al pago de mensualidades restantes  hasta finalización contrato o hasta que el arrendador vuelva a alquilar el piso. De ahí  que si el arrendatario busca un inquilino que le sustituya  disminuye  el pago de  algunas mensualidades. Gastos de abogados,procuradores,costas judiciales. Mejor negociar con el arrendador aún perdiendo una o dos mensualidades. MEJOR UN MAL ARREGLO QUE UN BUEN PLEITO. BUSCA  SOLUCION INTERMEDIA, NO IR A JUICIO Y QUE TE ENTREGUEN LLAVES PARA VOLVER A ALQUILAR. INFORMALES CON BUENAS PALABRAS DE TUS DERECHOS Y POSIBLES RECLAMACIONES.Si negociais y llegais a un acuerdo   previa  comprobación de desperfectos,averías, consumos pendientes ( o lectura de contadores) firmar ambos Documento de Rescisión de Conformidad  figurando en él  el CAMBIO  TITULARIDAD DE SUMINISTROS  EN UN DETERMINADO PLAZO PARA PONERLOS A NOMBRE DE QUIEN DIGA EL ARRENDADOR ( con COPIA documento para AMBOS ), así se evita la demanda judicial.

     

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