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Ya estoy buscando otro alojamiento pero al casero no le voy a poder pagar los meses que le debo. He estado cobrando el paro hasta hace poco y en el trabajo que tengo voy a comision no estoy dado de alta y gano muy poco. Si me marcho sin dejar la direccion donde voy no me van a poder localizar en el caso de que el casero me demande ¿ Me puede demandar sin la direccion y sin que yo me entere o tengo que recibir un comunicado? La que figura en el dni es de otro sitio donde estuve alquilado anteriormente. ¿ Durante cuanto tiempo me puede reclamar el casero la deuda hasta que prescriba?
Si quieres ser notificado puedes dar tus datos en el juzgado, cambiando el dni, o al propio arrendador. Si no se te localiza se te llamará por edictos (solo tienes que leerte el boletin oficial de la provincia para enterarte), y si no acudes, se te declarará en rebeldía.
Lo que viene a ser en resumen, que no te enterarás de la notificación porque la harán colgando un anuncio del tablón del Juzgado y lo siguiente que sabrás es que te han embargado las cuentas del banco, te quitarán de la nómina... o de donde encuentren.
LEA LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL
Artículo 156. Averiguaciones del tribunal sobre el domicilio.
1. En los casos en que el demandante manifestare que le es imposibledesignar un domicilio o residencia del demandado, a efectos de supersonación, se utilizarán los medios oportunos para averiguar esascircunstancias, pudiendo dirigirse, en su caso, a los Registros,organismos, Colegios profesionales, entidades y empresas a que serefiere el apartado 3 del artículo 155.Al recibir estas comunicaciones, los Registros y organismos públicosprocederán conforme a las disposiciones que regulen su actividad.
2. En ningún caso se considerará imposible la designación dedomicilio a efectos de actos de comunicación si dicho domicilioconstara en archivos o registros públicos, a los que pudiere tenerseacceso.
3. Si de las averiguaciones a que se refiere el apartado 1 resultareel conocimiento de un domicilio o lugar de residencia, se practicará lacomunicación de la segunda forma establecida en el apartado 1 del artículo 152, siendo de aplicación, en su caso, lo previsto en el artículo 158.
4. Si estas averiguaciones resultaren infructuosas, la comunicación se llevará a cabo mediante edictos.
Si aún asi no aparece declaración de rebeldia y a seguir pa lante:
Artículo 496. Declaración de rebeldía y efectos.
1. Será declarado en rebeldía el demandado que no comparezca en forma en la fecha o en el plazo señalado en la citación o emplazamiento.
2. La declaración de rebeldía no será considerada como allanamiento ni como admisión de los hechos de la demanda, salvo los casos en que la ley expresamente disponga lo contrario.
Artículo 497. Régimen de notificaciones.
1. La resolución que declare la rebeldía se notificará al demandado por correo, si su domicilio fuere conocido y, si no lo fuere, mediante edictos. Hecha esta notificación, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso.
2....
Yo no tengo que ver con el otro chico. Yo tengo 32 años y me voy a marchar de donde estoy porque no me renuevan el contrato. Lo que les he preguntado es que si mi casero no tiene mi direccion en el caso que me demande yo como me enteraria. Y no es que no quiera pagar, porque estoy pagando con retraso y cuando tengo ingresos. Por si no lo saben estamos en este pais con una crisis.La pregunta que les he hecho es ¿ a que direccion me mandarian la demanda en el caso que ocurriese?, y¿ cuando prescribe una deuda de este tipo? Gracias.
No te comas las comas!
Amparo, ya te dije hace tiempo que Vanessa iba a terminar convertida al craizihnismo.
Otra cosa es que no hay forma de que rectifique lo de transigir.
O que aprenda a usar bien las comas.
Ah pues es que soy así, asi que será que nos parecemos. De ahi nuestra repulsion primera, ya sabes lo que dicen de los polos. :d
Ay por dios!
victor, que hagas la pregunta periodicamente no cambia las respuestas. Todo esto ya te lo contestamos, así que no nos satures!
Hola Victor, si quieres consejos para defraudar a un propietario has ido a parar al sitio menos indicado.
Si no dejas tu nueva dirección al momento que te den de alta en la seguridad social te embargarán de ese sueldo y si posees algún bien como un coche también podrán embargártelo. Además de los meses que no has pagado te reclamarán también las costas producidas por el desahucio.
Mi consejo es que hables de tu situación con tu casero e intenteis llegar a un acuerdo para que te facilite una forma de pago.