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nemrac

casero/a

Si se acuerda una duración de 11 meses de alquiler, ¿estaría sujeto a la LAU? ¿también se prorroga obligatoriamente?
Tengo una vivienda en venta, aunque hasta que pase un poco la crisis me gustaría alquilarla por cortos períodos de tiempo, y no estar sujeta a la duración de 5 años, por voluntad del arrendatario.
  • Preguntado por: nemrac
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (5)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Desahucios Ya

    Desahucios Ya

    profesional

    Hola,

    El contrato que quiere hacer usted, si no es para vivienda habitual sino sólo de temporada y no se prorroga, no estaría sujeto al plazo de 5 años que marca la ley. En caso de prorrogarse sería un contrato de alquiler ordinario.

    Si tienes cualquier duda puedes ponerte en contacto con nosotros y trataremos de ayudarte y de quedar a tu entera disposición.

    Un saludo
    www.desahuciosya.com
    informacion@desahuciosya.com
    T.91.184.03.50
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Ten cuidado. Pongas lo que pongas en el contrato, si tú sabes que el inquilino seleccionado va a usar tu piso como vivienda habitual... busca otro, porque ese inquilino, si demuestra que vive ahí normalmente, podrá demandarte y quedarse los 5 años...
  • Daniela Gonzalez

    casero/a

    Consejo: 1º No pongas en el Contrato que la vivienda es para uso habitual. Puedes poner por razones laborales. 2º No se te vaya a ocurrir poner en el Contrato lo del I.P.C. 3º No pongas 11 meses de duración del contrato, mejor 6 meses o como mucho 8 meses. Si después de este período, te interesa seguir alquilándoles la vivienda, le vuelves a hacer otro contrato por otros 6 u 8 meses. 4º Cuando tengas una persona que le interese el piso, enséñale un borrador o copia del contrato con tus condiciones, que lo lea y si no le interesa así, búscate a otro.
  • EUROFIN ASESORES S.L

    profesional

    Depende del uso que vaya a darle el inquilino, porque si es para vivienda habitual, aunque la duracion fuera menor a 12 meses, se regiria por lo que marca la L.A.U.

    www.eurofin.es
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Dependerá del uso que vayan a darla los inquilinos.

    Si se lo alquilas a alguien para quien vaya a ser su vivienda habitual, sería un contrato de vivienda y por tanto podría prorrogarse hasta 5 años.

    Pero si se lo alquilas a unos estudiantes o a algún trabajador que esté con una beca de estudios por tiempo limitado, entonces sí podrás hacer un contrato de uso distinto a vivienda.

    En él deberás hacer constar el domicilio habitual del inquilino, que deberá ser otro distinto, y el motivo por el cual va a residir temporalmente en tu piso, estudios, turismo, vacaciones, beca.... etc.
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