La adquisición de una vivienda en la que existe un inquilino de "renta antigua" es un tema, por decirlo así, "delicado".Aunque ya es posible que ese riesgo no exista por el tiempo transcurrido, el inquilino tiene derecho a adquirir la vivienda por el precio de capitalización del alquiler.
En cuanto a la actualizació habría que conocer más datos pare determinar si puede aplicar la actualización definida en la DT2ª de la Ley de arrendamientos urbnos o la normal del IPC.
Pedro Hernández Olmo, abogado