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Ellos ya han escrito la renuncia al contrato, y que yo he aceptado, con fecha 6 de octubre. Pero todavía no hemos hecho la entrega de llaves, ni nos hemos puesto de acuerdo en qué cantidad de fianza hay de devolver. Ante esta situación, me pregunto:
- En el tema de la fianza, quién tiene razón? O se tendría que acudir a un juez mediante reclamación civil.
- Y yo, como propietario, a partir de mañana 1 de noviembre, puedo entrar ya en el piso, sin que se haya efectuado la entrega de llaves, y volverlo a alquilar.
Gracias
Daniel
Por cierto, el documento de finalización de contrato se entrega y se firme el mismo día en el que se van, y se entregan las llaves.
Habría que ver lo que habeis firmado y si sirve de algo, pero lo que está claro es que no puedes entrar en la vivienda hasta que no esté todo solucionado o te expones a una denuncia por allanamiento de morada.
El tema es complejo, y ahora más, pues has intentado solucionar un tema complejo (y en el que no llevas razón en lo de la luz) por ti mismo, sin saber bien lo que hacias, con lo que deberías contratar un abogado para que te solucione el lio que estás montando.
Y te sigo respondiendo en tu otra consulta. Sería de agradecer que lo pusieras todo en el mismo hilo.
De hecho hay un conflicto: ella de las llaves pero si cumplo con sus condiciones, y yo quiero las llaves pero con mis condiciones. Ante esto, y ante una negativa a entregarme las llaves, puedo rescindir la aceptación de finalización del contrato?
Pedro,
El tema es complejo, y en mi siguiente pregunta a la Comunidad explico en qué situación me encuentro.
gracias
A tiempo estas de redactar un documento de fin de contrato en condiciones, revisar los desperfectos y concretar la entrega de llaves y posesion de la vivienda.
La fianza tienes 30 dias para devolverla integra, salvo desperfectos y gastos pendientes.
Si te refieres a quedartela como indemnizacion no se muy bien por que has frmado consintiendo la renuncia, creo que has perdido cualquier posibilidad de reclamar ahora.
Pedro Martínez
Abogado