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jonay

inquilino/a

Acabamos de entrar a un piso de alquiler, ahora prefiere vender. ¿Puede dejarnos en la calle?

Llevamos 2 meses en la vivienda. Ahora prefiere vender. El casero tiene posibles compradores. ¿Tiene derecho a pedir que marchemos antes de lo pactado en el contrato? El mismo es de 6 meses con prorroga de otros 6 meses y después prorrogas anuales. No especifica cuantas pero supongo que lo que se establace en L.A.U. 5 años. De pedirnos que nos marchemos ¿debe indemnizarnos por el tiempo que no vayamos a disfrutar del piso.? Estoy hecho un lío, gracias de antemano.

P.D: En el contrato no hay clausulas de extinción en caso de disfrute para el uso propio del casero, ni la posibilidad de venta, ni qué hacer en caso de que esto ocurra. 

  • Preguntado por: jonay
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
javiersantander ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Y añadir q le va a ser dificil vender el piso sin que los posibles compradores lo vean... y para q lo vean necesitan de tu permiso para entrar, sino estaran incurriendo en un delito penal protegido por la constitucion ( inviolabilidad del domicilio)

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    añadir que si tu contrato es de vivienda habitual no te pueden obligar a irte (se venda o no) antes de los 5 años de alquiler.

    Si quieren que te vayas puedes  llegar a un acuerdo económico.

    Si te ofrecen una buena cantidad y te interesa te vas, si no te quedas hasta 5 años. Todo es cuestion de negociar, y la última palabra es tuya.

    Si llegais a un acuerdo TODO por escrito y muy clarito. Plazo para desalojar,indemnizacion que te pagarán, etc.

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola jonay:

    encontrará la fundamentación jurídica de la respuesta de mi compañero phomo en los artículos 14 y 25 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    El tema es mas facil que todo eso, si vende el piso, el inquilino tiene derecho de tanteo, ser informado de las condiciones de venta y "tantear" si le interesa comprarlo, si no es informado de esas condiciones, puede ejerecer el retracto, subrogarse en la condición del comprador pagando el precio que haya satisfecho este.

    Sin perjucio de lo anterior el comprador deberá respetar y subrogarse en los derechos y obligaciones que dimanan del arrendamiento para el arrendador.

     

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
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