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Al LOCADOR/PROPIETARIO salvo prueba de desperfecto por culpa del inquilino.
Dependerá también del tipo de revisión, obligatoria o no? anual o cada cuatro años.
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La revisión de Gas de las calderas depende de la Normativa del Proveedor de gas y de la Comunidad Autónoma. En Madrid la obligaroriedad de revisión es cada 4 años, entonces es alli donde juega el tiempo y vigencia de su contrato.-
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La revisión dependerá de quién la haga; una compañía de gas la ordena cada 4 años, y entonces entrará en juego la vigencia y plazo de su contrato.
Un saludo
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