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Y también tengo dos fianzas a las que según me sube el ipc al alquiler tengo que subir a las fianzas y pagar lo que corresponde.
Le puede incrementar la renta por el IPC de los últimos cinco años, pero a aplicar a partir de la mensualidad próxima (no se pueden cobrar lo no reclamado con anterioridad, pero se pueden sumar todos los IPC no aplicados de los últimos cinco años para hallar el valor de la renta actual)
Igual con la fianza, se actualizará conforme a la nueva renta, al haber transcurrido más de cinco años del contrato.
Sí a todo lo que preguntas.
Como tu contrato se extinguió en el 8º año, no sólo puede subirte el IPC, sino que en cualquier cumpleaños del contrato puede darte a elegir entre pactar unas condiciones y una renta completamente nueva o resolver el contrato.