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Hola,
a mi me gustaria saber cuando entra en vigor, y hay que cambiar entonces el formulario de los contratos, un saludo y gracias de antemano
PHOLMO, personalmente dudo que esa ley se apruebe. Me parece una soberana tontería, pero no más que otros decretos ley que se han aprobado, así que tengo una "duda razonable".
Crazyh en tu pormenorizada explicación te faltó decir que esa 'futura ley' normalmente tendrá una disposición transitoria en la que se explicará que no se aplica a los contratos de alquiler vigentes. Por lo demás no es posible explicar el proceso legislativo de modo mas claro y conciso.
Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).
Para empezar, los anteproyectos no se aprueban, se presentan. Y luego se hace un proyecto de ley, y se presenta al congreso, y se vota, y se pasa al senado, y lo devuelven al congreso, y se vota.
Y si todo eso pasa, con todas las modificaciones hechas, entonces se aprueba y se signa por el rey, publicándose en el boe, y entonces es cuando entra en vigor.
Pues como no sea que alguien tenga una bola de cristal... difícilmente tendrá respuesta su pregunta.
Respecto a la otra cuestión, si, habrá probablemente que retocar los modelos de contratos que se hagan de entonces en adelante.
Saludos - Papeleos Alquiler.