Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
En relación a la pregunta que se plantea, se trata de una Comunidad de Propietarios donde son muy pocos los que se preocupan y desviven, junto a la Administración, por el cuidado y buen funcionamiento de todo el engraneje que conlleva, asumiendo desinteresadamente su responsabilidad cuando les corresponde por la rotación, mientras muchos se desentienden totalmente, bien por estar ausentes y tener el piso alquilado como negocio o aún estando presentes se niegan insolidariamente con cualquier pretexto a ejercer la Presidencia y asumir sus responsabilidades en el buen servicio a la Comunidad que pertenecen; De ahí la idea de acordar para ellos una carga económica suplementaria-compensatoria de obligado cumplimiento a beneficio del Fondo Administrativo de la Comunidad, con lo cual podría compensarse su falta de implicación solidaria, a la vez que, gratificar moralmente a quienes por su entrega, son incluso objeto de mofa.
Un propietario, no puede "dejar de ser presidente" si le toca, más que por orden judicial.
De todos modos, cuando existe un administrador, la función del presidente es muy limitada... básicamente su obligación consiste en representar a la comunidad en los juicios.
Sospecho que su "idea" no es lícita. Pero supongo que el Administrador de la finca ya se lo habrá dicho.
En cualquier caso este foro es de arrendamientos. Igual tienes suerte y alguno de los abogados te responde, pero por si acaso, prueba en un foro genérico de Comunidades de Vecinos