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Puede servir una autorización firmada sin necesidad de ir a Notaria.
Si se va a firmar en nombre del dueño o del inquilino, la parte contraría lo puede y debe exigir, que la representación conste en poder notarial.
Puede consultar en mi blog: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ o consultarme directamente por teléfono: 807 520 008 (1,16 eur./min. Desde fijo; 1,55 eur./min. Desde móvil)