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Contrato vivienda habitual a nombre de DOS inquilino, cobro recibo a nombre de dos, NO PONE que el contrato sea SOLIDARIO. saludos y gracias anticipadas,
La pregunta va hecha porque el Art. 1137 dice:
.
sólo habrá lugar a esto cuando la obligación expresamente lo determine, constituyéndose con el carácter de solidaria. saludos,
Hola manuel:
el tema de la solidaridad en los contratos arrendaticios es compleja, pues por ejemplo la Audiciencia Provincial de Barcelona mantiene el criterio expresado por mi compañero pholmo; mientras que otras adoptan el criterio expreado por los otros dos foristas intervinientes.
por lo tanto, lo más práctico es seguir el consejo de mi compañero pholmo.
reciba un cordial saludo
Hay que puntualizar que la solidaridad en los contratos debe constar expresamente, si no se considera mancomunado, y efectivamente si hay dos arrendatarios sin lazos familiares ni societarios es conveniente dirigir todos los requerimientos y notificaciones a ambos.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ Estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
Un contrato firmado por dos personas es solidario si adquieren los mismos derechos y deberes,no obstante lo prudente seria enviar un burofax a cada uno a fin de poder demostrar si fuere necesario que los dos son conocedores de su contenido.
Aunque no lo ponga, un contrato firmado por dos es solidario. El buro fax puede ir dirijido a ambos en el mismo burofax y la misma dirección.