Todo depende de lo expuesto en respuesta a su anterior pregunta (ver
http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/agencias-alquiler/contrato-temporada-11-meses-uso-destino-vivienda-es-vivienda-habitual-legal_6853.html )
Si el contrato se considera de vivienda permanente, sólo puede incrementarse la renta anualmente y según el IPC, por lo que si este es negativo, tendrá derecho a la rebaja.
Si el contrato se considera de temporada, expirado éste habría que hacer un nuevo contrato, con el precio de renta que libremente pacten las partes (es decir, que el propietario podría incrementar la renta lo que quisiese).
Aunque permítame indicar que en este caso, una vez finalizado el plazo no se puede hacer un nuevo contrato a la misma persona ya que podría considerarse fraude de ley por intentar vulnerar los derechos del arrendatario.