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Hola soy el casero y a mi inquilino le suelo hacer contratos por años, pero
si se los prorogo tiene algun inconbeniente si llevara mas de 5 años, tiene
algun derecho adquirido por eso.
Hola carlos:
sin perjuicio de las respuestas anteriores, le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Salvo que usted haga constar expresamente que va a necesitar la vivienda en un momento determinado el contrato durará cinco años a voluntad del inquilino. El hecho de llevar muchos años en un piso como inquilino y pagando la renta no genera más derecho que el de seguir haciéndolo mientras el propietario no protesta por la situación. La primera prórroga después de cinco años es por tres años, y a partir de ahí por años o meses según se pague la renta.
No parece conocer a fondo la lau, el inqulino tiene derecho a permanecer en la vivienda cinco años obligatoriamente Para el casero, y tres mas si al término de los cinco primeros no se le preavisa en forma.
para ampliar o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
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