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Buenos dias, he comprado un piso catalagado como oficina pagadando por ello el 21% de iva, ahora la quiero alquilar como vivienda, ¿ esta exenta de iva al ser para uso de vivienda? Gracias
Si no lo cambias, aunque lo utilicen como vivienda, tendrás que catalogar el alquiler como oficina, y devengará iva y retención, además, si quieren buscar las cosquillas al arrendatario, le pedirán explicaciones de que actividad económica está desarrolando en ella.
O bien lo cambias, o bien alquilalo como oficina, es un consejo, te evitarás muchos dolores de cabeza.
Buenos días,
Coincido con la respuesta de Oscar. Desde un punto de vista urbanístico, cada inmueble tiene su uso (Industrial, terciario, residencial, dotacional, etc...). No se puede cambiar el uso de las cosas "por las bravas", ya que las características que debe reunir cada uno de ellos es distinta.
Por tanto, si has comprado una oficina y quieres convertirlo en vivienda, lo primero que habrá que hacer es comprobar en las ordenanzas municipales a ver si ese cambio es compatible y, de serlo, pedir la correspondiente licencia de cambio de uso, para lo cual te podrán exigir que hagas determinadas obras (una vivienda y una oficina pueden no tener que cumplir las mismas normativas).
Un saludo,
Muchas gracias por la rapidez, no es posible cambiarlo, pero me habian dicho que si se puede alquilar como vivienda.
Si es una oficina solo lo podrás alquilar como oficina, para poder alquilarlo como vivienda, deberás cambiarlo, acude a tu ayuntamiento e informate de como hacerlo.
Si no, deberás alquilarlo como oficina y aplicar el iva y la retención correspondiente.