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chela

casero/a

Por trabajo me tengo q ir a vivir a Zaragoza y tengo piso de propiedad pero vpo ¿tengo ayuda de alquiler?
¿puedo alquilar mi kasa? es que no puedo pagar hipoteca y alquiler al mismo tiempo ... ¿qué soluciones me podéis dar?
  • Preguntado por: chela
  • Hace 15 años
  • Categoría: Ayudas alquiler
Respuestas (5)
LolaG ha sido el primero en contestar
  • proelite

    profesional

    De acuerdo con josemanuel, yo descalificaría la vivienda en servicio territorial de vivienda te harán devolver las ayudas que si hace mucho tiempo, a lo mejor no es mucho. de forma que la vivienda se te queda libre...
    Le das el uso y disfrute a tu madre o padre y luego la alquilas por lo que te salga... como no tienes el uso y disfrute te concederán las ayudas para otra ..
    • Respondido por: proelite
    • Hace 15 años
  • manuel josé

    casero/a

    Una vivienda de protección pública (definición que ahora incluye a las antiguas viviendas de protección oficial y de precio tasado), ya sea de promoción publica o de promoción privada, está pensada como residencia habitual del adjudicatario, que está obligado a ocuparla en los tres meses siguientes al momento de su entrega

    Pero aunque las nuevas viviendas de protección no se pueden alquilar a priori, sí que es posible hacerlo una vez descalificadas; es decir, toda VPP tiene una moratoria especificada en el contrato, un número determinado de años tras los cuales es posible venderlas o arrendarlas

    Para saber si se puede descalificar la vivienda de protección que uno posee es necesario conocer la fecha de adquisición (es decir, de calificación) y es conveniente que consulten a algún abogado experto en el tema

    Hay algunas excepciones en las que es posible alquilar una vivienda protegida, aún sin descalificar, a un precio de alquiler máximo fijado.

    Las VPPA

    Hay otra opción muy novedosa: las viviendas de protección pública para el alquiler (VPPA); es decir, inmuebles levantados con la intención, desde un principio, de ser alquilados. «No concede la propiedad, sino la posesión, por lo que, por ejemplo, no se pueden subarrendar.

    Mejor consulta con un abogado. Saludos,
  • mariac1973

    inquilino/a

    Pues yo estoy en andalucía y conmigo han sido muy claros, puedo alquilar mi piso pero solo a personas que reúnan los requisitos de VPO y ellos (la junta de andalucía) me tienen que dar el visto bueno y no tengo ayuda para mi alquiler porque tengo un piso en propiedad aunque me tenga que ir a otra provincia por motivos laborales, así que aquí ando intentando cuadrar números porque los meses vuelan y para hacer frente a mi hipoteca no puedo alquilar un piso en sevilla por más de 400 euros y allí, lo que he visto estan todos por encima de los 600 euros, ni aún explicando mi situacion, ni los propietarios me bajan el precio, ni la junta me da ayuda ninguna, y eso que somos familia numerosa.
  • proelite

    profesional

    En la comunidad valenciana sí , no sé en el resto, aquí sería otra ayuda distinta para menores de 35 incompatible con la renta básica de emancipación estatal. hay una excepción si no posees el uso y disfrute de la vivienda. de todas formas el vpo tiene un precio máximo por el que lo puedes alquilar.
    • Respondido por: proelite
    • Hace 15 años
  • LolaG

    casero/a

    Respecto a lo de alquilar tu casa, lo mejor es que te pases por la oficina de Vivienda que te concedió la VPO para ver si te conceden el permiso para alquilar la vivienda mientras estés trasladado por trabajo. Te digo esto porque normalmente se debe esperar entre 10 y 20 años desde que te conceden la VPO y la ocupas para poder alquilarla, los plazos dependen de cada promoción y comunidad autónoma, Respecto a las ayudas al alquiler, normalmente si posees una vivienda en propiedad no puedes acceder a las ayudas, pero pregunta en la misma oficina de Vivienda porque allí sabrán sobre las ayudas disponibles y sus requisitos.
    • Respondido por: LolaG
    • Hace 15 años
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