Finalizada la RBE de 210 euros ¿se puede solicitar la ayuda del 40% de la Junta de Andalucía?
No me aclaro con esto. Se me acaba la ayuda de los 210 euros y me gustaría acogerme a la del 40% pero entre el real decreto y la orden de la Junta no me aclaro.
Según el real decreto (
https://www.juntadeandalucia.es/viviendayordenaciondelterritorio/www/servlet/descargacopt?up=19810
) no podrá beneficiarse de esta ayuda del 40% el que "Fuera ya beneficiario de esta ayuda, o de la renta básica de emancipación regulada en el Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre." (artículo 38.3.b).
¿Qué significa eso? ¿Que fuera beneficiario antes o en ese momento?
Por otra parte en la orden de la Junta (
https://www.juntadeandalucia.es/viviendayordenaciondelterritorio/www/servlet/descargacopt?up=19691) no viene nada de ese requisito y en la solicitud solo habla del presente y de otros inquilinos:
https://www.juntadeandalucia.es/viviendayordenaciondelterritorio/www/servlet/descargacopt?up=19750 ¿Alguien la ha pedido después de la RBE y se la han denegado o concedido?