Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Es el segundo año que recibimos la ayuda del 40% del alquiler anual y por motivos laborales, tenemos que abandonar el piso. Me gustaría saber si tenemos que devolver la parte proporcional de la ayuda en función de la fecha del contrato, de la fecha de solicitud de la ayuda o de la del ingreso de la ayuda.
Muchísimas gracias.
La subvención es una devolución del 40% de lo ya pagado, no has recibido nada por anticipado, por tanto no hay que devolver nada, solo comunicarlo para que se paralice la misma.
Un Saludo
David Baños Molina
Director Comercial