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jesulax

inquilino/a

En la comunidad valenciana en 2012 suprimieron las subvenciones por alquiler. Si estaba concedida deben asumirla?

Dentro de la convocatoria de subvenciones al alquiler en la Comunidad Valenciana cumplí todos los requisitos y me fue concedida. Luego con la crisis dejó de haber liquidez y se me comunicó que se dejaban de pagar. Yo, para evitar la prescripción,  presenté escrito haciendo ver que me la debían y que no había lugar a dicha prescripción en el tiempo.  He recibido contestación que reza que está reconocida pero en su momento y si procede ... se habilitará presupuesto para ello... por lo que pienso que intentarán evitar el pago. ¿he de proceder legalmente mediante juzgado o limitarme a esperar?

Gracias por su ayuda

JESÚS

  • Preguntado por: jesulax
  • Hace 10 años
  • Categoría: Ayudas alquiler
Respuestas (8)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • jesulax

    inquilino/a

    Buscando he encontrado esto. Es un mal demasiado común.  

     

    http://www. Inmobiliariabancaria. Com/blog/ayudas-y-subvenciones-alquiler-compra-piso-casa-vivienda-de-la-generalitat-valenciana-2013/

    • Respondido por: jesulax
    • Hace 10 años
  • jesulax

    inquilino/a

    El problema es que yo no debo nada a nadie. Es mi modus vivendi. No gastar lo que no tengo. ¿qué deuda pedirle a la Administración? . ¿les dejo una puya? . No tengo nada con qué compensar.

    lo que no entiendo muy bien es la libertad de acción de las Administraciones con los derechos adquiridos de los contribuyentes. Si yo se lo debiera a ellos. Vaya si cobrarían. El agravio comparativo es brutal.

     

    • Respondido por: jesulax
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Mas o menos jesuslax. Veras:

    1.- En cuanto a cortar la prescripción yo creo que debe seguir la idea que le ha dado inicialmente el compañero PHOLMO y que desde luego yo comparto: solicitar la compensación de cualesquiera impuestos. Es que en mi opinión no basta un escrito "formal" en el que se "avisa" para que no prescriba su derecho a cobrar. Probablemente esa estrategia no le serviría porque no conlleva la intención "real" de cobrar. Yo creo que es mucho mejor solicitar la compensación porque con esta opción sí que queda claro que Ud. quiere cobrar "ya". Por ejemplo, si en su IRPF le sale a pagar, hay un tramo autonómico del IRPF. Quizás ahí pudiera hacer algo. Es decir, no sólo "recordar" que no prescribe su derecho, sino intentar hacerlo efectivo cobrando "de verdad". Eso si interrumpe la prescripción. Lo otro creo que puede ser dudoso.

    2.- En cuanto a las nuevas subvenciones lo veo complicado, porque las nuevas subvenciones son para solicitudes nuevas, no para la suya. Yo creo que es mas eficaz intentar detectar en los presupuestos actuales partidas que pudieran servir para pagar su subvención. Esto es una cuestión complicada, no es tan fácil como leer una factura.

    No quiero desanimarle, pero creo que para hacer esto hace falta un abogado. No es tan fácil llevar a cabo las ideas que le hemos dado. La primera si es un poco más fácil de hacer, pero para la segunda hay que saber bastante de Derecho Administrativo y Presupuestario y estoy seguro de que tendría que terminar en los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, para lo cual necesitaría un abogado y además bastante "curtido". Es que tenga en cuenta que incluso en el caso de que obtuviera una sentencia favorable, incluso así, es muy dudoso que la Comunidad Valenciana le pague "voluntariamente". Todo esto es más complicado de lo que parece.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • jesulax

    inquilino/a

    Hola León:

     

    Entonces.

     

    - un escrito anual recordando la situación e indicando que ese escrito corta cualquier atisbo de prescripción

     

    - estar atento a nuevas subvenciones y en ese caso solicitar los atrasos.

     

    ¿sería así?

     

    gracias.

    • Respondido por: jesulax
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    jesulax: en teoría si, pero en la práctica va a tener dos problemas que debería intentar prevenir:

    1.- el primero es evitar la prescripción, porque de aquí a que vuelva a haber dinero puede que haya prescrito su derecho salvo que impida la prescripción, como ya le hemos comentado.

    2.- La segunda es que aunque puedan hacerlo es posible y probable que no lo hagan y que "puenteen" su subvención. Esta problema es difícil de resolver porque hay que estar muy pendiente de las convocatorias de las nuevas subvenciones y de los presupuestos de la Comunidad Valenciana.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • jesulax

    inquilino/a

    Gracias por sus respuestas. Son de lo más ilusionantes :), es mejor verlo así. Pero. Si algún día vuelven a salir subvenciones al alquiler. Deberán pagar las atrasadas, ¿no?

     

    • Respondido por: jesulax
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Por chocante que parezca es cierto lo que dice el compañero PHOLMO: en estos asuntos el comportamiuento de la Administración raya la impunidad. Aquí en Andalucía hacen exactamente lo mismo, e incluso peor: hay veces que pueden pagar pero no lo hacen porque no quieren.

    Únicamente quisiera añadir que debe ser muy diligente a la hora de solicitar esas compensaciones de las que habla el compañero PHOLMO: sea sistemático y pídalas de año en año, ya que de lo contrario prescribiría su derecho a cobrar la subvención. Y dudo que la Comunidad Valenciana acceda a la compensación incluso en el supuesto de que eventualmente pudiera practicarla.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Como ve le han reconocido el derecho lo que ocurre es que frente a la administración no es como frente va unparticular, no puede embargar debe esperar que habiliten un crédito para pagarle. En este momento puede hacer dos cosas, ninguna es solucion, denunciar el hecho al defensor del pueblo o como se llame en su comunidad autónoma o bien solicitar por escrito que se le permita compensaresa cantidad con una deuda que tenga con la administración: IBI, IRPF, IVA etc.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/  

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
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