¿Hay derecho a no pagar la ayuda de emancipación si el pago de la renta se hace en mano?
Soy la casera y he estado descontándole al inquilino los 210 e todos los meses desde enero de 2008 cuando alquiló y presentó la solicitud, ya que no sabíamos que esto iba a demorar tanto y además ha alquilado contando con esta ayuda porque reunía todos los requisitos. Me ha estado pagando en mano y ahora no podemos justificar esos pagos. En los requisitos no especifica que hay q justificar las transferencia desde antes de que sea aprobada. Ahora la solución es entregarme la casa y cobrarme de la fianza este año que no le pagarán. Queremos saber si puede haber otra solución.
No me queda claro, por cómo plantea su problema, si lo que usted ha hecho era descontar de un precio prefijado los 210 € de la ayuda por buena voluntad, o al contrario, aprovecharse de esa posibilidad para cobrarle más al inquilino. Si es esto último, me parece despreciable, pero si por el contrario se trata de lo primero (y quiero pensar que sí), alabo su buena voluntad.
Ahora bien, si su inquilino las pidió en enero del 2008 y se la concedieron, algo me huele mal. Para empezar porque yo las pedí más tarde y llevo cobrándolas ya más de 6 meses. Además, ya no es que se tengan que justificar los pagos realizados en mano; es que, para que la ayuda sea efectiva, el pago ha de realizarse por transferencia, a través de una entidad bancaria. De hecho, lo primero que me dijeron cuando me la concedieron es "ahora vas a tu caja de ahorros y presentas este papelito".
Si el pago no se ha realizado en efectivo, da lo mismo, ya que al solicitar las ayudas hay que aportar datos tanto de la cuenta en la que se quieren recibir los 210 € como de la cuenta desde la que se paga el alquiler, en caso de que sean distintas.
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