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Hola,
Tengo otra pergunta y agradezco la ayuda.
Hoy alquilar un piso donde viveremos yo y un amigo. No somos pareja. Los dos firmaremos el contracto pues mi nomina no es suficiente para alquilar (es una nomina de beca de 1000 euros y el alquiler de 850). La de el es otra nómina de trabajo de 1000 euros.
Sin embargo solo YO pagaré la fianza, pues el no tiene el total del diñero inicial. Es posible constar en el contracto que la fianza la tienen que devolver a mi, y no a él?
Como queda la declaracion de renta cuando el piso tiene 2 personas en el contracto?
Muchas gracias!
Para que un acuerdo sea válido no hay que registrarlo en ninguna parte. Una simple hoja de papel escrito a boli y firmado por las dos partes es un contrato ( o acuerdo) perfectamente válido.
Eso no quita que, el arrendador, pueda exigir que las obligaciones a cualquiera de las dos, y que entre vosotros os podais pedir responsabilidades.
Es decir, si no pagais el total, y te embargan a ti, y tú puedes demostrar haber pagado tu parte, el arrendador podrá embargarte el pago a ti y tú podrás reclamar a tu compañero.
Muy bien, y se mantengo en el contracto que es solidaria y luego hago un contracto entre partes que afirma que es mancomonada, me serviria?
Donde deberia registrar ese contracto entre particulares para tener efectos legales?
Pensé en algo asi
1) La responsabilidad de los arrendatarios frente al arrendador es mancomunada entre los 2 arrendatarios firmantes del contracto, aunque el contrato lo determine de forma solidaria. En caso de incumplimiento de una de las partes, cabe demanda por la otra.
2) En caso de desistimiento anticipado del contracto por parte de alguno de los arrendatarios, la parte que desiste anticipadamente hará cargo de la totalidad de los recargos por pago de indemnización, caso haya. Excluese los casos en que el desistimiento es de comun acuerdo.
3) Como requisito de ingreso en el piso el pago de la FIANZA para ingreso en el piso, en la totalidad de 2 alquileres, estará a cargo y a favor de XXX(YO)XXXX hasta que se cumpla el establecido en el apartado a de ese articulo:
Puede establecer que la fianza la ha entregado solamente usted, y que se la deben devolver exclusivamente a usted.
La declaración de la renta será individual con las desgravaciones que procedan por la mitad de la renta mensual a cada uno.
La fianza tb sirve para desperfectos, impagos y demás.
Si es mancomunado, y tú decides irte, tu compañero solo tendrá que pagar la mitad de la vivienda, y encima, como la fianza es tuya y en poder mancomunado, no cubriría sus "desperfectos".
La fianza tb sirve para pagar las últimas facturas, con lo que difícilmente te la devuelven completa. En este caso, se te devolvería a ti, pero menor cantidad. Ya no quiero ni pensar que hayan desperfectos o cosas a reparar, y que tú alegues que lo ha hecho tu compañero.
O peor. Que tú decidas irte en una finalización de contrato y tu compañero quedarse. O que tú decidas pagar, pero tu compañero decida que, durante unos meses, no paga. Y el arrendador solo podría demandarle a él, con lo que pierde garantias de cobro.
Si no lo ves, es porque sabes algunas palabras técnicas como "mancomunada o solidaria", pero no llegas a entender el significado completo de las mismas, solo ves tu parte.
Que garantias pierde el?
el pide 2 meses de fianza en un piso sin muebles. Creo que son garantias suficientes.
además, a quien se lo devuelva la fianza de nada altera las garantías.
no entiendo los comentarios.
Tú puedes querer lo que quieras, pero no creo que el arrendador acepte eso, ya que pierde garantias, y muchas.
Suerte con el contrato.
De todas formas, los acuerdos entre vosotros deberían estar en un contrato entre vosotros, no en el de arrendamiento, que no tiene nada que ver.
Es más, si la responsabilidad es mancomunada, tu compañero debería pagar una fianza, ya que no entiendo como la fianza la puedes dar mancomunada pero que avale a los dos.
Gracias pero yo no quiero tener que entrar en un lio despues con mi amigo si algo pasa mal. Prefiero que ya esté en el contracto que se devuelve a mi la fianza.
El no pagará ni ahora ni dentro de meses, eso es lo que hemos arreglado.
Es mucho más sencillo que el arrendador ya la devuelva directamente a mi, sin rollo, sin problemas.
Pq el habria de oponerse a eso?
PS: Quiero que conste en el contracto que la responsabilidad es mancomunada, no solidaria. :)
Yo creo que cualquier "cláusula" debería estar en un documento que firméis entre ambos.
Si el arrendamiento es solidario el casero no tiene porqué entrar en los arreglos entre vosotros.
Que él te firme un documento mediante el cual se comprometa a pagarte su mitad de la fianza en x meses.
Saludos - Papeleos Alquiler.
Piensa que la fianza es una, y se devuelve una, y que para ser devuelta, los dos tendreis que terminar el arriendo
Hola,
si firmais el contrato los dos sois responsable a medias
yo no veo problema en poner una clasula en que la fianza se te devuelva a ti y asi tu estas mas tranquila
la declaracion de renta se divide en dos y cada uno desgravara lo que le pertenezca