Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
El caso concreto sería una persona que realiza un contrato de arrendamiento con opción de compra de una vivienda incluyendo el compromiso de ejercitar la opción a su vencimiento. En este caso el IVA correspondiente (8%) se devengaría en el momento de la firma del contrato y las dudas me surgen en el tratamiento que se daría a la cuenta de ahorro vivienda y en concreto al cumplimiento del plazo para destinar los fondos de dicha cuenta al pago de la vivienda. Dudas:
La firma de un contrato de arrendamiento con opción de compra no puede entederse como compra a los efectos de aplicar la cuenta ahorro vivienda.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente incluso por teléfono.