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Que privilejio puedo tener como arendador al comprar la vivienda que e estado avitando por 11 meses la cual e acomodado desde q estoy en ella y como puede ser la forma de pago
De acuerdo con las anteriores respuestas, salvo que si su casero consigue vender y Vd. no hace uso de su derecho de adquisición prefrerente el comprador no está obligado a respetar ese contrato de alquiler.
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Tu contrato de arrendamiento se compone de derechos y obligaciones que serán efectivos si no contradicen la ley.
Si estas ocupando la casa como vivienda permanente tu contrato no es por once meses, puedes permanecer en ella hasta tres años.
Si el arrendador la quiere vender, que lo intente, pero tu no vienes obligado a permitir la entrada en tu vivienda al propietario, a candidatos para la compra ni a agencias intermediarias.
Si pese a no enseñar la vivienda, el arrendador/propietario consigue encontrar un candidato para la compra, tienes un derecho preferente a la adquisición al mismo precio y condiciones que el ofrecido al candidato.
En otro caso, si arrendador y arrendatario quereis realizar la compraventa, es cuestión de negociarla, pactando precio y condiciones de pago.
Privilegio obligatorio ninguno, a no ser que así lo refleje el contrato de alquiler.
Lo que si tiene como bien dice Amparo es derecho de adquisición preferente.
Si el arrendador quiere vender y usted comprar, lo que hay que hacer es llegar a un punto de encuentro valido para los dos, pero..... no se hasta que punto le interesa a usted mostrarle todas esas mejoras, ya que quedarían muchas de ellas a favor de la propiedad en el momento de fin de contrato de arrendamiento.
El único privilegio que tal vez podría tener sería el derecho de adquisición preferente... Es decir igualar otra oferta y quedárselo usted.
El ressto es algo que solo puede decirte el propietario.