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Buenas tardes,
Vamos a firmar un contrato con opción a compra de un negocio incluido el local donde se desarrolla la actividad. Vamos a pagar una señal en concepto de "arras".
Se trata pues de la transmisión de la totalidad del patrimonio empresarial y por lo tanto estaría exenta de IVA.
¿Se debe pagar IVA en el momento de pagar las arras?
Gracias.
La exención de IVA se refiere a la enajenación de la totalidad del patrimonio empresarial y desde luego una opción sobre ese patrimonio no es el supuesto contemplado en la normativa sobre IVA.
De cualquier modo los temas que plantea requieren un estudio mas a fondo y con la documentación adecuada.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente