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Estamos en todo de acuerdo con el propietario, pero nos surge una duda:qué pasa si una vez firmado el contrato y pasado el tiempo el propietario decide vender a otra persona sin comunicárnoslo. He leído que existe la posibilidad de inscribir este tipo de contratos en el registro de la propiedad para que sea exigible a terceros y este caso no pueda suceder, pero me comentan en la gestoría que no es necesario ya que es un coste elevado y con el contrato que firmamos si esto sucediera siempre podríamos demostrar delante de un juez que teníamos una opción preferencial en la compra. Qué opináis? Creéis que vale la pena firmarlo ante notario e inscribirlo en el registro de la propiedad o que la gestoría tiene razón y si se diese este caso tendríamos suficiente documentación para como mínimo recuperar todo el dinero entregado?
Muchas gracias
Le conviene registralo. Para ello el contrato debe hacerse ante notario, pagar impuestos y la factura de notario y registro.
Es difícil que se incumpla el contrato porque al estar usted viviendo en el piso la venta sin su conocimiento parece difícil, pero si está convencido de acudir finalmente a la opción de compra, le aconsejo que lo registre.
Todos los contratos de alquiler se pueden inscribir en el Registro de la Propiedad, y es una medida de garantía para los derechos del inquinino. Desde luego si tienes una opción de compra, lo más seguro es registra el contrato, pues si alguien lo comprase, también se obligaría a la opción de compra suscrita anteriormente.
Yo lo registraría.
Sin duda.
Los gastos de registro - en relación a la operación principal - son el chocolate del loro.
Saludos - Papeleos Alquiler