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Estoy pensando entrar en contrato de alquiler con opción a compra. El inquilino/comprador ofrece pagar una suma anual elevada a ser dividida en 5 años hasta saldar el monto de la compra. Mi pregunta es qué porcentaje voy a tener que pagar a hacienda por este ingreso anual y si al final también tengo que pagar un impuesto por la plusvalía de la venta. Gracias de antemano por su respuesta.
Estoy totalmente de acuerdo con mi compañero Pelayo y subrayo que la oferta de ese aspirante a inquilino no parece de alquiler con opcion de compra sino de compra con precio aplazado, con lo cual la repercusión fiscal seria bien diferente. En el enlace que le dejo tiene abundante información sobre estos temas.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/
Buenas tardes,
Las rentas anuales se ingresarán en su base imponible del ahorro cada año, ya que el ejercicio de la compra no es seguro.
Por su parte, en caso de ejercicio de la opción de compra por el arrendatario, tendrá que tributar por la plusvalía en IRPF que se le genere, si bien las rentas percibidas minorarán dicha plusvalía, ya que habrán tributado con anterioridad.
No le aconsejo que firme un arrendamiento con opción de compra sin asesorarse antes por un abogado experto que le redacte el contrato y defienda su posición en la negociación. Hay muchas cuestiones que deben ser reguladas y/o negociadas, por lo que lo mejor es dejarse asesorar. Así evitará problemas futuros.
http://blog.desalvador.es/2014/08/18/arrendamiento-opcion-compra/