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juankka

casero/a

¿Es obligatorio pagar un precio por el derecho de opción de compra en un contrato de alquiler con esta opción como finalidad?
Mi pregunta es si esto viene a ser como unas arras y si es obligatorio o no pagar por esta opción o en su día basta con ir directamente a escritura pública. Me lo pueden exigir?
  • Preguntado por: juankka
  • Hace 15 años
  • Categoría: Opción a compra
Respuestas (2)
BUFETPRIETO SLP ha sido el primero en contestar
  • Mabel AC

    profesional

    No, no es obligatorio. La opción es un derecho que cede el propietario (concedente) a un tercero (optante) quien podrá o no ejercerlo según su conveniencia. Es normal, no obstante, que el derecho de opción de compra tenga un precio llamado "prima de la opción"

    En estos tiempos es frecuente dar opciones de compra a quien arrienda inmuebles con el objeto de estimular las ventas y movilizar patrimonios. Pero el negocio jurídico (contrato) de la opción de compra es distinto del del alquiler y no se deben confundir. Por arrendar te pueden dar el derecho de opción pero hay que vigilar los redactados no sea que en lugar de obtener un derecho estés contrayendo una obligación.

    Lo imprescindible es que los contratos de opción identifiquen con precisión el objeto (inmueble), el precio y el plazo de vigencia (término) para ejercer el derecho concedido.
    • Respondido por: Mabel AC
    • Hace 15 años
  • BUFETPRIETO SLP

    BUFETPRIETO SLP

    profesional

    Una cosa es el precio del derecho a la opción. Se paga por tener ese derecho. No es parte del alquiler y No es parte del precio de la venta, por tanto tampoco son arras.

    Está en la libertad de pactos, pero en mi entender debería tener un precio estipulado, pues en caso contrario no existiría contraprestación al limite en la disposición que supone tener "reservado" el piso para el propietario.

    Nuevamente le indico que consulte con abogado experto.

    BufetPrieto SLP
    E-mail:jprieto@bufetprieto.com
    Tfno: 938704558
    Web: http://www.bufetprieto.com
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