Una cosa es el precio del derecho a la opción. Se paga por tener ese derecho. No es parte del alquiler y No es parte del precio de la venta, por tanto tampoco son arras.
Está en la libertad de pactos, pero en mi entender debería tener un precio estipulado, pues en caso contrario no existiría contraprestación al limite en la disposición que supone tener "reservado" el piso para el propietario.
Nuevamente le indico que consulte con abogado experto.
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