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ANA LORENTE ARANDA

inquilino/a

Si firmo un contrato de arrendamiento con opción a compra, ¿me corresponde durante su vigencia pagar el recibo del IBI?
Según la promotora me corresponde a mi pagarlo. Tenía entendido que comenzaría a pagar en cuanto escriturara.
  • Preguntado por: ANA LORENTE ARANDA
  • Hace 15 años
  • Categoría: Opción a compra
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La obligación de pagar o no IBI dependerá de las condiciones puestas en el contrato que tiene firmado.


    En pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • manuel josé

    casero/a

    El IBI es un impuesto que paga el propietario pero que al alquilar el piso lo puede repercutir al inquiilino. Si figura cláusula con importe anualidad anterior, lo tienes que pagar. Saludos,
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Sólo te "corresponde" si así lo hubiérais pactado en el contrato (en la parte de arrendamiento)
    Según la LAU las partes pueden pactar que el IBI y la Comunidad de Propietarios los pague el arrendatario. Pero dice también la LAU: (art. 20)
    Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinará el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. ...
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