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si tres personas (un padre y dos hijos) firman un contrato de alquiler con opcion a compra, en el momento en que se acabe la parte acordada de alquiler , quien tendria que firmar la hipoteca al comprar el piso?
Podria firmarla solo una persona o estarian obligados a firmar los 3.
Al hilo de lo que dice Pedro ovbiamente la hipoteca es un derecho de garantía que recae sobre un bien inmueble pero el titular de la hipoteca es una persona.
¿quien paga la hipoteca? .
no seamos obtusos. Y espero que la palabra obtuso, no sea tomado como un descalificativo o tendré otro apremio en mi cuenta de correo asociada a la comunidad.
ejemplo: hace cinco años alquile un duplex con opción de compra a dos arrendatarios que vivían como pareja de hecho. La opción debía ejercitarse al quinto año. Ambos habían dejado la relación al segundo año del arrendamieno, sin embargo el arrendatario que se quedo habitando el inmueble pudo ejercitar su derecho de opción sin problema alguno. La hipoteca se constituyo sobre el inmueble logicamente, por si aún queda alguna duda.
el fi ultimo de la opción es la venta. Y el promotor lo que quiere es vender. No demos la espalda a la realidad.
un saludo a Pedro, cuya observación me parece correcta.
De todas formas la entidad hipotecante va a obligarte a una unidad de acto, otorgandose la compraventa y la hipoteca en el mismo momento, asi que estais los 3 para firmar ambas escrituras.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es
Las hipotecas recaen sobre bienes no sobre las personas, en este caso imagino que para financiar la compra se constituye hipoteca sobre esa vivienda, asi que la escritura deben firmarla los titulares de la misma, los tres.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
Si hay tres arrendatarios, con tal de que uno de ellos ejecute la opción de compra, es suficiente para no perder el derecho, que por lo general va condicionado a un plazo y si no se ejecuta en plazo se pierde el dicho derecho así como la cantidad que se entrega a modo de caución al inicio del arrendamiento. La finalidad en si misma de la opción es la ulterior compra, independientemente de quien la ejecute, o a nombre de quien se constituya la hipoteca. En este caso tratándose de un padre y sus dos hijos no le veo el mayor problema.
Sería diferente y más complejo el supuesto de que entre padre e hijos no exista una buena relación y todos o más de uno quieran hacer uso del derecho para si. En este caso el tema sería un poco más controvertido.
Un saludo Jorge.