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Me gustaría saber si alquilo un piso con opción a compra, digamos por el plazo de 2 años en régimen de alquiler y posterior comprar, cuando terminen estos dos años decido no comprar el inmueble si se me penalizaría económicamente de alguna forma. Está claro que todo depende del contrato que se firme en su día, pero por norma general hay algún tipo de penalización sin tener en cuenta, claro está, la no recuperación de las cuestas mensuales de alquiler hasta ese día. He leído sobre una clausula o un dinero por anticipado pero entiendo que ese dinero se daría una vez se procediera a comprar el inmueble, es así o ¿Se da desde un principio para una posible compra a posteriori tras esos dos años de alquiler? Espero haberme explicado con suficiente claridad. Un saludo y gracias!
Como bien dice su pregunta todo depende de lo que se pacte en contrato, tnega usted en cuenta que lo mejor es hacer 2 contratos uno para el laquiler y otro para la opcion de compra. Como norma general, el dinero entregado a cuenta o la parte proporcional del alquiler descontado si no se llega a realizar la compra queda en posesión del propietario y usted pasa a tener un alquiler puro y duro, la mayor digamos penalizacion es que usted pierde lo entregado a cuenta y pasa a ser un alquiler, coincido en las otras dos respuestas vconsulte aun letrado o a su asesor inmobiliario sobre como plasmar en el contrato clausulas que retraten fielmente el acuerdo que alcance con el vendedor.