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Que se puede hacer cuando la persona compra y quiere obligarte poco a. Poco a dejarle el piso nuevo ósea que cuando lo compre no tenga que hacer obras y tampoco pagarlas
Explícale ahora el concepto de "vivienda habitual" y los requisitos para que lo sean.
Jon: para complementar y fundamentar mi respuesta, debe tener encuenta lo dispuesto en el art. 27 LAU, a cuyo tenor:
Artículo 27. Incumplimiento de obligaciones.
2. Además, el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por las siguientes causas:
Por lo tanto me ratifico en que si Ud. demuestra que el inquilino inicial no vivie allí puede resolver el contrato si o si. El inquilino no es muy libre de arrendar una vivienda y residir en ella o no o trabajar fuera.
Además, como le han dicho, es cierto que en principio Ud. puede resolver el contrato en caso de subarriendo, pero tenga cuidado de no tener en el contrato ninguna clausula que lo permita o haberlo permitido Ud. de palabra.
Jon, si tu intencion es resolver el contrato por un subarriendo inconsentido, no hagas caso a esa respuesta. Lo que se debe probar es tal subarriendo y no que el inquilino reside o no en la vivienda, pues uno es muy libre de arrendar una vivienda y residir en ella o no o trabajar fuera.
Pedro Martínez
Abogado
Un matiz Jon: si busca una prueba de que no vive alli, no le vale con un hecho puntual, por ejemplo que un notario vaya allí un dia y no encuentre al inquilino, porque eso es una prueba de un solo momento. Por eso le digo que lo ideal es demostrar que vive en otro sitio o que trabaja muy lejos o algo por el estilo, porque esa prueba no se referiría a un hecho puntual.
Juraria que todo lo que has mencionado cmo "prueba" puede muy bien no ser aceptado por un juez.
creo que habia algo que sí se admitia como prueba sí o sí. Ah sí, acta notarial.
pero vamos, que está hablando de un subarriendo, no necesita demostrar que no vive ahí.
Jon:
1.- para demostrar que una persona no vive alli hay muchas formas. Por ejemplo que vive en otro sitio o que trabaja en otra provincia. También se puede con detectives, pero será bastante caro. Por testificales de vecinos. Ud. mejor que nadie lo sabe puesto que conocerá (o podr5á conocer) al inquilino mejor que nosotros (eso seguro).
2.- Lo de las obras nuevas es muy facill: dgale que no y punto. Aténgase a los contratos que haya firmado y ya está.
No esta claro el planteamiento, si se trata de un alquiler con opción de compra bastará que Vd. Se atenga a lo pactado en ese contrato
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